Se REVOCÓ la PRISIÓN preventiva y el proceso de EXTRADICIÓN de nuestro cliente acusado de captación ilegal de dinero y de estafa.

Abogado penalista Loja

HECHOS: En abril del 2022, la señora Mercedes S. P, presentó denuncia por captación ilegal de dinero contra F.E.O.

 

Señala en su denuncia que el día 14 de abril del 2022, su esposo B.Z.M, mantuvo una conversación con Jaime González, quien le manifestó que existe una plataforma   denominada CARDANIERS, la misma que ofrecía el pago de un interés elevado al capital del 200 por ciento. Por tal motivo depositó a F. O   la cantidad de ocho mil dólares.

 

El 26 de junio del 2024, dentro del proceso penal Nro. 11282-2023-03472, que se sustancia en la Unidad Judicial de Garantías Penales de Loja, la Fiscalía ha formulado cargos contra F.O, como presunto autor del delito de captación ilegal de dinero, tipificado en el Art. 323, inciso 1, del Código Orgánico Integral Penal.

 

El señor juez D.A.A ha dispuesto, como medida cautelar, que F.O, se presente cada 15 días desde el 15 de julio del 2024.

 

3.- En audiencia del 07 de abril del 2025, el señor juez D.A.A, ha ordenado la prisión preventiva contra F.O. Por haber incumplido las presentaciones periódicas.

 

 

ARGUMENTO JURÍDICO: 

 

SABIENDO QUE F.O ESTABA EN ALEMANIA, LOS MEDIOS RAZONABLES QUE AL FISCAL Y AL JUEZ LES CORRESPONDÍA AGOTAR PARA NOTIFICARLO ERA MEDIANTE LA OFICINA CONSULAR.

 

La falta de notificación con el inicio de la instrucción fiscal privó a Franklin Edison Ochoa Ochoa, que pueda ejercer su defensa durante el proceso penal dentro del cual se impuso la orden de prisión preventiva.  Eso genera que esa orden de prisión preventiva, que amenaza su libertad, sea arbitraria.

 

Una detención es arbitraria si se cumple uno de los siguientes supuestos: iv. Cuando la privación de la libertad es fruto de una grave vulneración de los derechos y garantías relativas a un juicio imparcial y al debido proceso. (Corte Constitucional del Ecuador. Sentencia No. 207-11-JH/20, dictada el 22 de julio de 2020, dentro del caso No. 207-11-JH/20.

 

Caso Nro. 11121-2026-00003

 

SALA ESPECIALIZADA DE LO PENAL, PENAL MILITAR, PENAL POLICIAL Y TRÁNSITO DE LA CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA

Abogado penalista Loja

Dr. Carlos Bravo González